Segun la Ley Nº 31131: ¿Cuales son los requisitos para que un trabajador CAS pase al regimen permanente 728 o 276?




El día de ayer 09/03/2021, se publicó en el diario oficial el peruano la Ley Nº 31131, que establece "Disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del sector público", esta norma recientemente aprobada por insistencia en el congreso, tambien llamada Ley que elimina regimen CAS.

Ahora que ya oficialmente se encuentra publicada, ya entro en vigencia, en ese sentido vamos a detallar los requisitos que nos indica la ley en su articulo 2.

¿Cuáles son los requisitos para que un trabajador CAS pase al régimen permanente 728 o 276?
Para la incorporación al régimen laboral del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, o del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, según corresponda, los trabajadores contratados bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios deben cumplir los siguientes requisitos:

  • a. Realizar labores de carácter permanente al momento de la entrada en vigencia de la presente ley.
  • b. Tener contrato administrativo de servicios (CAS) por dos (2) años de modo continuo o tres (3) años de modo discontinuo. Estos plazos se computan a partir de la fecha de la publicación de la presente ley.
  • c. Haber ingresado a la institución mediante concurso público, en su defecto haber tenido la condición de servicios no personales y posterior contrato administrativo de servicios.
  • d. A los trabajadores que hayan renunciado a un contrato CAS para asumir un contrato distinto en el ínterin de la vigencia de la presente norma se les reconoce los derechos que confiere la presente norma al estar comprendidos dentro del inciso b) del artículo 2 de la presente ley.

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