ONP - Devolución de Aportes: Decisión del TC, Marcará un Hito en la Historia de los Aportes




El Tribunal Constitucional, decidió por unanimidad, que la Ley 31083, que autorizaba la devolución de Aportes a los afiliados a la ONP es inconstitucional.

Sin duda, que esta decisión marcará un hito histórico en las decisiones que tomen a partir de ahora la nueva masa laboral o nuevos trabajadores, en donde queda la duda de cual es la mejor opción para que administre sus fondos de pensiones, entonces decidirán si pertenecer a un Sistema Nacional de Pensiones, como la ONP ó a un Sistema Privado de Pensiones, como las AFP.

La decisión, de declarar la Ley 31083 por parte del TC, se basa mayormente en la constitución, es decir que estas normas ya estaban echas, solo había que interpretarlas, y tenían que tomar una decisión de acuerdo a ellas, aunque su opinión personal hubiera sido contraria a estas.

Cabe resaltar tambien, que el congreso olvidó, de incluir el dinero para la devolución de aportes de la ONP, en el presupuesto público para el 2021.

Aunque, en estos momentos de pandemia, se podia pensar que la decisión de devolver estos aportes, era buena idea, para ayudar con la economía de los hogares, lo cierto es que no existe un fondo de manera individual, quizas en forma intangible, solo como información, pero la verdad es que el dinero de los aportantes iba a un fondo colectivo, del cual el estado disponía para pagar a los pensionistas de la ONP y brindar apoyo a la ciudadania, a traves de los diferentes programas de ayuda.

Desde otro punto de vista, el del ciudadano, esos aportes de la ONP son tal cual, igual a los aportes a las AFP, nada más que unos van a un fondo público y otro a un fondo privado, y se rigen por normas y leyes distintas.

No cabe duda que esta es una decisión para la historia de nuestro país, una experiencia y oportunidad, para que en el futuro, se brinde mayor información al ciudadano sobre el futuro de sus aportes; y tambien se creen mejores normas, no solo pensando en el futuro del país de manera colectiva, sino tambien de manera individual.


REDACCIÓN: PORTALTRABAJO

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